martes, 18 de octubre de 2016

POR QUÉ DAMNATIO MEMORIAE (y III)

CONTRA LA MEMORIA

Contra la memoria (Debate, 2012).
Desde su publicación en 2012 Contra la memoria [1] se ha convertido en uno de los más lúcidos alegatos contra la llamada «memoria histórica». Su autor, el  periodista y analista judío estadounidense David Rieff, reflexiona sobre el peligro que supone que ciertas elites políticas e ideológicas se inmiscuyan en la elaboración del discurso histórico. Por eso, Rieff establece una distinción entre dos conceptos que -con buen criterio- considera antagónicos:

1) Por un lado, la «memoria histórica», que sería un adulterado producto político-mediático, artificial y acientífico, creado a partir de la selección, sacralización y mitificación de determinados hechos históricos. Para Rieff, la «memoria histórica» es una ficción que busca condicionar la psicología de la población, y cuyo fin no es dar a conocer la Verdad, sino «hacer justicia» (sic).

El autor afirma que esta mitificación del pasado es algo pernicioso porque la rememoración o exaltación de determinados «recuerdos colectivos» puede servir para alimentar el rencor y los deseos de venganza entre individuos y pueblos; pero también porque, en ocasiones, al tomar rango de ley y tener como prinicpal objetivo teórico el resarcir a las víctimas de determinado periodo histórico, éstas tienden a creerse legalmente amparadas para llevar a cabo cualquier tipo de acción y a situarse moralmente por encima de otras víctimas (en palabras de Rieff, «no hay nada más socialmente incontrolable y, por ende, más peligroso políticamente que un pueblo que se tiene a sí mismo por víctima» o «las víctimas de hoy son, muy probablemente, los victimarios de mañana» [2]).

2) Por otro lado, la «Historia» propiamente dicha, que sería una disciplina científica con pretensiones totalmente asépticas y cuyo fruto normalmente no va mucho más allá de las cátedras y academias donde ha sido concebido.

viernes, 16 de septiembre de 2016

POR QUÉ DAMNATIO MEMORIAE (II)


Libros ardiendo, ¿cosa del pasado?
Si en la primera parte de este artículo expliqué cómo en la Antigüedad la damnatio memoriae suponía una sentencia judicial post mortem y una institucionalización del olvido como forma de castigo individual, en esta segunda voy a demostrar cómo las damnationes perviven en el mundo moderno, tanto a través de la codificación legal de una parte del «discurso histórico», como de la proscripción mediática -o académica- de ciertas tesis que el «sistema» considera que pueden llegar a ser perturbadoras para sus intereses. Y es que hoy el oficio de historiador, como en despóticos tiempos, sigue sufriendo las injerencias de una parte del poder político (y mediático) para imponer una «neohistoria» oficial e indubitable, plagada de olvidos voluntarios y supinas falsedades, que pretende dictar qué y cómo debe ser recordado, y qué, por el contrario, ha de ser borrado de la «memoria colectiva».

Pero eso no es todo. Más allá de las intromisiones «prototiránicas», la Historia también ha de enfrentarse tanto a aquellos que la desdeñan -al igual que al resto de las Humanidades- por su limitada practicidad económica, como a aquellos que le niegan su funcionalidad socio-cultural y, en aras de una paz universal y de una «adecuación del sistema educativo al mercado laboral», abogan -unos de forma explícita, otros de manera más sutil- por promover entre los pueblos la pérdida voluntaria de la conciencia de su pasado común, y por la eliminación de las historias nacionales de los planes de estudio.

jueves, 15 de septiembre de 2016

POR QUÉ DAMNATIO MEMORIAE (I)

Epígrafe de la damnatio decretada sobre el emperador Heliogábalo.
QUÉ ES LA DAMNATIO MEMORIAE.

En la antigua Roma tras la muerte de un personaje relevante en ocasiones el Senado decidía emitir un senatusconsultum (una especie de decreto) que recogía un juicio póstumo sobre el fallecido. La sentencia más positiva que podía dictar era la llamada apotheosis, o divinización oficial del difunto, y que conocemos bien por los casos de César, Augusto, Claudio o Adriano, entre otros. En este caso el personaje pasaba a ser reconocido como un dios, se celebraban lujosos funerales en su honor, se le erigían templos y dedicaban festividades, se le ofrecían pingües sacrificios, incluso se les reconocía como un astro del firmamento (catasterismo). Pero, sin embargo, la sentencia emitida por los senadores también podía ser negativa. Probablemente el juicio más nefasto que un romano pudiese recibir en muerte -o en vida- era la llamada damnatio memoriae [1]. Así, esta expresión, que podemos traducir como «condena de la memoria», o más certeramente «destrucción del recuerdo», es una voz latina que definiría una práctica legislativa llevada a cabo por las máximas autoridades políticas romanas. Se trataba de una sentencia judicial post-mortem con rango de ley dirigida contra todo aquel personaje que, tras su fallecimiento (de ahí que también se la conozca como damnatio funebris, o «condena fúnebre»), pasaba a ser considerado retroactivamente por los (nuevos) detentadores del poder como un enemigo del Estado.